Una empresa ha decidido subvencionar las cuotas del gimnasio de los trabajadores, así que paga directamente las cuotas al gimnasio e incluye en las nóminas de los trabajadores la cuota como retribución en especie.
Esta retribución en especia tributa por IRPF? O queda exenta en base al Art. 42.3.b Ley IRPF: b) Utilización de los bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado.
Gracias.
TRIBUTACION CUOTA GIMNASIO RETRIBUCION ESPECIE
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