Buenas noches,
Una duda. Para el caso en que sea el trabajador el que demande al Estado para el pago de salarios de tramitación que exceden de los 90 días, yo entiendo que no hace falta conformar el litisconsorcio pasivo necesario con la empresa ya que a ésta poco le puede afectar el resultado del fallo. Además, para poder reclamar dichos salarios por parte del trabajador, es necesario que se haya dictado Auto de Insolvencia de la empresa. En mi caso concreto, está cancelada registralmente y con auto de insolvencia.
Diferente sería que fuera la empresa la que reclamara el abono de salarios al Estado.
¿Es así?
Gracias
Litisconsorcio pasivo en reclamación salarios tramitación al Estado
- Mar Maestre
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Re: Litisconsorcio pasivo en reclamación salarios tramitación al Estado
tienes razón, es inutil demanadar a la empresa
- Mar Maestre
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Re: Litisconsorcio pasivo en reclamación salarios tramitación al Estado
És inútil, però yo lo he hecho, para evitar que aleguen falta de liticonsorcio. No cuesta nada citarlos. La mayoría de veces no se dan ni como notificados. Saludos
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